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Circular 114/2020: DECLARACIONES DE GUARDIAS

Estimados compañeros y compañeras:

 

Habida cuenta la conclusión del Estado de Alarma a las 24 horas del próximo día 20 de junio, ello implica también el cese de medidas excepcionales adoptadas y que las asistencias a detenidos vuelvan a prestarse de forma presencial.

 

En consecuencia, todas las asistencias prestadas desde la indicada fecha deberán ser declaradas a esta Secretaría en el modelo de Hoja  de Asistencia a Detenidos, debidamente selladas por la oficina policial o judicial en cuestión, como se hacía con anterioridad.

 

Del mismo modo, las solicitudes de Justicia Gratuita Penal deberán ser firmadas siempre por el justiciable, salvo casos justificados y habituales como declaraciones desde centros penitenciarios por videoconferencia o en internamientos no voluntarios, a los efectos de constancia de autorización de tratamiento de datos personales y económicos.

 

Próximamente remitiremos otra circular aclaratoria de determinados aspectos en la gestión del Turno de Oficio.

 

Saludos

  El Secretario

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