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Nota de Prensa: La Abogacía reclama justicia retributiva para quienes hacen posible el Turno de oficio
La Abogacía reclama justicia retributiva para quienes hacen posible el Turno de oficio
Considera inaceptable que se continúen ignorando los servicios prestados y no reconocidos, así como que se proponga una subida que no alcanza ni la tercera parte del IPC
Ante la propuesta que el Ministerio de Justicia ha formulado para actualizar los baremos de la Asistencia Jurídica Gratuita en el denominado Territorio Común, el Consejo General de la Abogacía quiere manifestar su profundo malestar por una oferta de subida lineal del 5% que a todas luces nos parece no solo insuficiente, sino además inaceptable.
Después de meses de negociaciones en donde se ha debatido con el Ministerio sobre aspectos muy diferentes relacionados con las cuantías y las actuaciones que se prestan pero no se retribuyen, el Consejo no entiende que el Ministerio se haya limitado a reproducir el baremo ya existente con una actualización de un pírrico 5%, cuando el IPC de los últimos cinco años sobrepasa con mucho el 17%.
Por todo ello, el Consejo quiere hacer público que la anunciada subida a través de una orden ministerial es del todo impresentable.
Teniendo en cuenta que las retribuciones son especialmente bajas en relación con el trabajo que requieren y comparativamente con la del resto de comunidades autónomas, no se puede ofrecer una actualización que ni tan siquiera alcanza un tercio de la evolución de los precios. No se acaba de entender que en determinadas Comunidades Autónomas del Estado exista la voluntad y presupuesto económico para asumir con más dignidad las compensaciones a los profesionales del turno de oficio, y que el Ministerio de Justicia no esté a su altura.
El Consejo ha mostrado reiteradamente al Ministerio y ha insistido en que deben abonarse todas las actuaciones realizadas por los profesionales de la abogacía que, por designación judicial y por imperativo legal, son designados por sus Colegios para la defensa de asuntos, incluso cuando el defendido no es titular del beneficio de justicia gratuita. Lo mismo debe aplicarse cuando son designados por sus Colegios para la defensa penal de personas jurídicas. Y ello debe hacerse, además, aplicándose sobre las actuaciones realizadas en los últimos años.
Y es que la Abogacía no acepta que los baremos puedan ser un marco abierto para la prestación de los servicios y, al mismo tiempo, un marco cerrado para el abono de los mismos. Por ello, el Consejo entiende que deben abonarse todas las actuaciones realizadas por los profesionales de la abogacía, aunque no estén expresamente incluidas en los actuales baremos como son las ejecuciones, ejecuciones hipotecarias, recursos o incidentes, por poner unos ejemplos.
Es también de la máxima importancia que se aumente el número de letrados y letradas asignadas a las guardias de asistencia a las víctimas de violencia de género, en especial en la llamada España vaciada, donde los desplazamientos son muy difíciles y largos y hacen imposible prestar la asistencia con la debida inmediatez. El mismo principio debe aplicarse en las guardias de asistencia letrada al detenido y juicios rápidos.
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